Desmitificación: derechos de autor, registro de marca y patentes

Mayo 28, 2019
Sisandes

Entrevistado: Gustavo Adolfo Palacio Correa.Tema: Derechos de autor. Para el pasado viernes 26 de abril, el capítulo de Sisandes organizó el seminario “Desmitificación: derechos de autor, registro de marca y patentes”. Con el propósito de enseñar a nuestros egresados, que están desarrollando obras y creaciones propias, los fundamentos básicos que deben entender con claridad sobre la protección de derechos de autor.

Para realizar esta explicación, invitamos a Gustavo Adolfo Palacio Correa, director ejecutivo de Asociación para la Protección de los Derechos Intelectuales de Productores de Fonogramas y Videogramas Musicales, de Promúsica Colombia.

Gustavo inició la conferencia explicándonos que existen tres grandes grupos de manifestaciones de la propiedad intelectual: la propiedad industrial, el derecho de autor y las variedades vegetales.

Estos grupos no son excluyentes, puede que una creación aplique para dos tipos de propiedad intelectual, como lo son las películas de Disney, que las protegen como obras artísticas (derecho de autor) y además registran cada una como una marca (propiedad industrial), para mantener la utilización exclusiva de su portafolio.

“Hay que aprender a combinar la protección y beneficios de la propiedad industrial con los derechos de autor.” Gustavo Palacio

¿Qué es el derecho de autor?

Gustavo nos presentó tres ejes para entender de forma clara el derecho de autor:

1- Es una relación jurídica entre un sujeto y un objeto. “En el sujeto del derecho de autor siempre se deben diferenciar dos categorías: por un lado el autor y por otro el titular del derecho.” El autor es la persona de carne y hueso que crea la obra (artística o literaria), y el titular es el que tiene los derechos de explotación económica de la creación, ambos pueden ser la misma persona.

2- El autor es aquel que toma las ideas que no están protegidas y las expresa de una manera única.

3- El derecho de autor protege obras de naturaleza artística o literaria, susceptibles de ser replicadas. “El derecho de autor nace de la posibilidad de copiar o reproducir esa obra.” Como lo son la música, las obras de arte, los planos, las bases de datos, los programas digitales, entre otros.

¿Qué quiere decir que el derecho de autor esté ubicado en el mundo de la propiedad intelectual?

Es una protección que tiene las siguientes características:

  1.   La temporalidad: la propiedad intelectual es un reconocimiento que se entrega por haber creado algo que aporta a la sociedad, la recompensa es otorgar al creador los derechos exclusivos para su uso y explotación por un tiempo determinado. Cuando el tiempo de protección se acaba, la obra o la idea pasa a ser de dominio público.
  2.  Limitaciones y excepciones del derecho exclusivo: es el medio por el cual la ley dota de posibilidades a los integrantes de la sociedad que están fuera de alcance para tener acceso a las obras. Por ejemplo, el derecho de cita, se utiliza para las creaciones académicas.

Además comparten estos principios generales:

  1.   No protección de ideas.
  2.   Creación Intelectual.
  3.   Perceptibilidad.
  4.   Originalidad.

Las obras protegidas por el derecho de autor y las creaciones que protege la propiedad industrial tienen vocación de comercio. Esto hace necesario que todos los emprendedores y empresarios que están en el proceso de creación de una obra tengan claro qué y cómo pueden protegerse.