Conferencista: Carolina Avila Coral.
Tema: Revisión por la alta dirección del SG-SST.
Para cerrar nuestro ciclo de conferencias de “Seguridad y Salud en el Trabajo Práctico y Esencial”, el pasado 6 de diciembre invitamos a Carolina Avila Coral, directora de proyectos en SafetYA, para que nos explicara el Decreto 1072 de 2015, el cual establece en su artículo 2.2.4.6.31 que la alta dirección debe realizar una revisión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) como mínimo una vez al año.
Para empezar, la revisión por la alta dirección es un informe ejecutivo en el cual se verifica el grado de cumplimiento del SG-SST y que es realizado por aquella persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa. Este informe es un requerimiento regulado por el Decreto 1072 de 2015, en su artículo artículo 2.2.4.6.31, el cual establece:
“Revisión por la alta dirección. La alta dirección, independiente del tamaño de la empresa, debe adelantar una revisión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la cual debe realizarse por lo menos una (1) vez al año, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su funcionamiento.”
Con esta revisión se pretende mejorar el proceso de toma de decisiones sobre las medidas preventivas, correctivas o de mejora en cada una de las empresas. Por lo cual el Decreto precisa que:
“[…] Dicha revisión debe determinar en qué medida se cumple con la política y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo y se controlan los riesgos. La revisión no debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los resultados (estadísticas sobre accidentes y enfermedades, entre otros), sino de manera proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la gestión en seguridad y salud en el trabajo. […]”
“La revisión por la alta dirección debe estar documentada y los resultados de la misma deben ser divulgados al COPASST o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y al responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST quienes deberán definir e implementar las acciones preventivas, correctivas y de mejora a que hubiese lugar.” (MINTrabajo)
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